Mientras el presidente de la ADP, Miguel Ángel Féliz, acusa a INABIE de no servir el almuerzo, el organismo oficial se ampara en la disposición legal que establece cuando debe suministrarse la comida a los centros educativos.
Por esa situación de 26 suplidores asignados a la Regional 01 y el Distrito Educativo 0103, laboran 24, el María Auxiliadora y el Liceo Técnico Dr. Federico Henríquez y Carvajal.
Esta situación afecta a 289 estudiantes en recintos escolares semioficial y 29,511, del sector oficial, sin contar con los privados, unos 3,279, pero éstos no tienen su problema de alimentación resuelto.
El total de estudiantes, públicos y privados es de 33,079 alumnos y alumnas, distribuidos en 105 centros, de los cuales 27 corresponden al sector público y 2 son semioficiales o colegios privados que pasaron al sector oficial de educación.
Conforme a una circular del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), del 23 de marzo de 2017, DIAN001/2017, dirigida a directores Regionales, distritales, de centros educativos y suplidores del almuerzo escolar indica cuándo debe suministrarse o no la comida al estudiantado, profesorado, así como personal administrativa.
Cuando haya suspensión docencia, 24 horas antes el centro debe enviar una comunicación 24 horas antes al suplidor, cuando no se cumpla con el horario completo de los centros de Jornada Escolar Extendida no será suministrado el almuerzo.
“Los suplidores que brinden el servicio de almuerzo escolar sin el centro educativo cumplir con el horario de jornada escolar extendida, corren el riesgo que el servicio no le sea pagado”, dice la circular de la fecha establecida