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Empresas de Combustibles celebra inadmisibilidad a resolución de Industria y Comercio

SANTO DOMINGO. La Sociedad de Empresas de Combustibles y Derivados (SEC), conformada por las marcas Total, Sunix, Esso e Isla, saludó las decisiones del Tribunal Superior Administrativo (TSA) de declarar inadmisibles los recursos contenciosos administrativos interpuestos con el fin de que se ordenara la nulidad de la Resolución 22-13 del Ministerio de Industria y Comercio, de fecha 11 de febrero de 2013, que regulará la distribución, transporte y venta de combustible en todo el territorio nacional.

Esa resolución establece un régimen de sanción para aquellas empresas distribuidoras, autorizadas por el Ministerio de Industria y Comercio, que despachen combustibles en violación de los contratos de exclusividad pactados con otras distribuidoras, en franca violación de la Ley 20-00 de Propiedad Industrial, y en perjuicio de los consumidores, según una nota de prensa enviada.

La directiva de la SEC, al igual que la Alianza Dominicana de Defensa de los Consumidores y Usuarios (ASODECU), entiende que anular la única norma jurídica que garantiza el respeto a las marcas de combustibles a lo largo de la cadena de distribución representaría un grave perjuicio para nuestros miembros y sobre todo para los consumidores en la República Dominicana.

La posición de la entidad ha sido que tanto los consumidores como las empresas distribuidoras y detallistas del mercado de los combustibles que actúan conforme a la normativa deben contar con la protección legal adecuada ante la eventual situación en la que, bajo las marcas que representan, se distribuyan combustibles de dudosa calidad y proveniencia, en atropello de su reputación de calidad y respeto al consumidor.

Previamente, el Tribunal Constitucional, por medio de la sentencia 10-15, de fecha 20 de febrero de 2015, había declarado la Resolución 22-13 conforme a la Constitución, consolidándose así un marco regulatorio claro y transparente que evita prácticas desleales en el comercio de los combustibles y derivados del petróleo en la República Dominicana.

De acuerdo con el Instructivo de Aplicación de la Resolución 22-13, dicha resolución entrará en vigencia 90 días después de la fecha de publicación del mencionado instructivo, tornándose aplicable a partir del próximo 26 de mayo del año en curso.