Por Leo Corniel.-
Barahona.- La Asociación de Ministros de Iglesias Evangélicas de la Cuenca del Yaque (AMIECY) y la Asociación de Ministros Evangélicos del Suroeste (AMERSO), mostraron su preocupación por el no uso del Escudo en la Bandera Nacional en los últimos días.
Tanto el presidente AMIECY, pastor Teodoro Matos Custodio, como el de AMERSO, pastor Apolinar Féliz (Abel), resaltaron que el tema del Escudo Nacional sensiblemente toca a los sectores que representan, ya que en esa insignia de la patria, está colocada la biblia.
Matos Custodio aclaró que el tema no se puede catalogar de político, ya que el Escudo Nacional, es un símbolo colocado en la Bandera Nacional por los fundadores de la dominicanidad, donde se resalta la fe en Dios del pueblo dominicana.
¨Últimamente en muchos edificios públicos, en etiqueta de productos y otros lugares que exhiben la Bandera Nacional, esta última aparece sin el Escudo… nosotros como entidad cristiana y como pueblo fundados con principios netamente cristianos, decimos que los Trinitarios fundan la Nación, con su juramento:
“En nombre de la santísima, augustísima e indivisible Trinidad de Dios Omnipotente…¨ y que la primera palabra del Escudo es Dios, por lo que quitar el Escudo es sacar la palabra de Dios de la bandera¨, agregó.
El líder religioso dijo que no culpar a nadie de esa acción, pero hizo un llamado a las autoridades dominicanas, sobre todo al Instituto Duartiano y Efemérides Patrias, para que se investigue el por qué muchas banderas se están izando sin el Escudo Nacional en las instituciones públicas del país.
En tanto que pastor Féliz, entiende que los dominicanos, sobre todo las autoridades, deben cuidar hacer cumplir la ley de los símbolos y emblemas patrios.
LEY DE SÍMBOLOS PATRIOS
A principio de este año, el Poder Ejecutivo, promulgó la Ley número 210-19, que tiene por objeto regular el uso de la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional, símbolos patrios de la República Dominicana.
La misma establece que la Bandera Nacional, el Escudo Nacional, y el Himno Nacional constituyen símbolos esenciales de la República Dominicana que merecen todos los honores, consideraciones y respeto y que las disipaciones legales vigentes se encuentran dispersas e incompletas.
La ley establece y describe las normas a regir de los usos correctos de los símbolos patrios, de colocación, de colores, de horario, de lugares y las sanciones y del tribunal competente que se describe en el artículo 38, el cual dicta las penas por irreverencias contra los símbolos patrios.
El proyecto establece que se castiga con la pena de quince a treinta días de prisión y multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público a toda persona que cometa actos que constituyen irreverencia contra la Bandera Nacional, el Escudo Nacional, y el Himno Nacional.
Mientras que en su artículo 39 establece que las penas por ultraje contra los símbolos patrios, describiendo que las personas que cometan ultraje contra el uso correcto de cualquiera de los símbolos serán castigados con la pena de uno a tres meses de prisión y multa de cinco a veinte salarios mínimos del sector público.
El artículo 10 indica que en caso de reincidencia o de irreverencia en contra de los símbolos se castigará con el doble de las penas.