Hace unos días realicé un análisis jurídico sobre los empleados de carrera en el Ministerio Público, donde dejé manifestado como el estado ha evolucionado en materia de institucionalidad, aunque no así en las mentes de muchos de los líderes políticos de los que están y los que vienen.
En mi escrito de hoy, me adentro un poco en el sector educativo que en los últimos años ha experimentado considerables avances jurídicos que ponen un freno hacia las tomas de decisiones con muchos de sus empleados, esta consideración la emito porque para nadie es un secreto que el año dos mil cuando ascendió a la presidencia el Ing. Hipólito Mejía, se realizaron una series de acciones que lesionaron la institucionalidad, es posible que en una mínima cantidad de líderes del Partido ganador tengan en sus mentes las mismas intenciones, sin embargo es bueno decirles con tiempo, el contexto no es el mismo, partiendo del propio ascenso de Luis Abinader, quien con sectores fuertes de la clase media y alta asumió un compromiso firme de cambio y transformación del país, y esto debe comenzar por el respeto a las leyes existentes y completar las que faltan.
El caso que nos adentra hoy al debate educativo está referido a los cargos que están en la comidilla de atracción de los seguidores del partido que asumirá el poder a partir del 16 de agosto del 2020, nos referimos a las Direcciones Regionales, Distritales y Técnicas docentes de ambas dependencias.
El primer caso que tocaremos es el referido a las Direcciones Regionales y de Distritos Educativos, estos puestos están consignados en La ley general de Educación 66-97, como órganos administrativos regional y local del Ministerio de Educación, los mismos en el año 2017, se vieron fuertemente impactados en su proceso de selección por medio del reforzamiento jurídico establecido por el Consejo Nacional de Educación a través de la Ordenanza 24-2017, que instituyó un PROCESO COMPETITIVO, en pocas palabras un concurso de competencias profesionales, de perfil académico, ético, psicológico y laboral por la relevancia que amerita un puesto así dentro del sistema educativo, todo esto en consonancia con la Ley 41-08 de Administración Pública y el Reglamento del Estatuto Docente, así como también otras normativas del sistema jurídico dominicano y que forman a su vez del refuerzo social contemplado en el Pacto Educativo firmado por todas las fuerzas vivas del país en el año 2014.
Esta organización jurídica que aportó el Consejo Nacional de Educación no quitó la prerrogativa que tiene por ley el Ministro de Educación, sino más bien le brindó una oportunidad de seleccionar el servidor público educativo con las características más idóneas para el puesto en cuestión.
Esta iniciativa chocó con sectores educativos que desde el año 1997 cuando se creó la Ley General de Educación habían utilizado esta discrecionalidad a su manera, sin abrir espacio a las competencias profesionales dentro de los docentes del país, fue por esa razón que crearon una situación mediática en la opinión pública, satanizando al ministro de turno sin contemplación. Cuando esto no les resultó, entonces acudieron al Tribunal Superior Administrativo y al Tribunal Constitucional, en ambos espacios se demostró de manera jurídica lo correcto de la aplicación de la Ley 66-97 y la Ordenanza 24-2017.
Esta realidad Jurídica es la que encuentra el Partido del Cambio, el PRM, quien designará como Ministro de Educación a un maestro veterano y conocedor del sistema, quien tiene la carga encima de calmar esa sed incesante por esos cargos educativos, esto para respetar la ley, sabiendo que en su frente carga la marca auténtica del CAMBIO proclamado en la contienda electoral, porque fue el jefe de campaña del hoy presidente la República Dominicana Luís Abinader.
Es ese tenor, que no sería algo lógico ni prudente que teniendo Luis Abinader, grandes retos económicos, educativos, sanitarios y anticorrupción estatal, que de manera ligera su mano derecha como lo es el recién anunciado Ministro de Educación Dr. Roberto Furcal, le pueda crear una crisis en el área educativa que toque fondos jurídicos, social y hasta gremial. Es de entender entonces que sus dirigentes deben contener la espera de un corto tiempo para que concluya la gestión educativa de los que fueron seleccionados por medio de la ordenanza ya mencionada.
El Ministro de Educación entrante tiene el reto de propiciar un ambiente de trabajo colectivo, armonioso e institucional entre ambos sectores, sin dejar a un lado el fortalecimiento de su partido y a la vez del sistema educativo en general bajo el marco jurídico establecido.
El segundo tema de este análisis jurídico está relacionado a los cargos de técnicos docentes distritales y regionales. Es normal que en campaña electoral dominicana se prometa todo, y ese es el caso de estos puestos de técnicos docentes. El ascenso al puesto de técnicos docentes está jurídicamente reglamentado por el artículo 139 de La ley 66-97 que rige el sistema educativo, bien sabemos que no se ha realizado ningún concurso para el ingreso de técnicos docentes desde el año 1997, porque los mismos lideres educativos que han gobernado el sistema habían violentado las normas, para seleccionar sus allegados, muchas veces sin los mínimos méritos profesionales, morales y de competencias, con sus excepciones, negándole con esta práctica corrupta la oportunidad a miles de maestros capacitados del país.
Esta brecha mal sana e ilegal tuvo un impacto en el año 2014, con la firma del Pacto Educativo en donde las fuerzas sociales, políticas y educativas plasmaron bajo firma que todo ingreso a la carrera docente debía ser producto de un concurso de oposición como manda LA LEY DE EDUCACION, esto abarcó a todos: docentes, directores y técnicos docentes. Es esa la razón de peso, que partir del año 2014, los ministros de turnos no han nombrado a nadie en los distritos y regionales en la categoría de técnico docente.
Esta norma jurídica en el sistema educativo es también una camisa de fuerza para el recién designado Ministro de Educación quien tendrá que enfrentarse atender las miles de promesas que hicieron los líderes locales en las provincias referentes a estos ascensos al magisterio nacional de su corriente. La sensatez se impondrá en el nuevo ministro de educación y lo que procede es organizar un llamado a concurso abierto para técnicos docentes distritales y regionales, y así, no nadar en contra de su partido, ni mucho menos de las leyes educativas del sistema que él dirigirá, cosa esta que podría ser un mal precedente.
Yván Ariel Gómez Rubio.
Fuente:
Constitución de la República.
Ley General de Educación.
Sentencia del Tribunal Superior Administrativo
Sentencia del Tc
Reglamentos y ordenanzas.