La decisión de la alta corte fue adoptada, luego de escuchar las conclusiones de los accionantes.
Los abogados de la Fundación Matrimonio Feliz, José Darío Marcelino, Martín Almonte García e Isabel Paulino pidieron, en nombre de la Iglesia Católica, acoger la acción y declarar nulos por ser contrarios al derecho a la vida.
La Fundación Justicia y Transparencia, representada por el abogado Heriberto Rivas, solicitó al TC acoger la acción en contra de los artículos 107,108, 109 y 110 de la Ley 550-14, declarando no conforme con la Constitución el trámite legislativo de la pieza, aprobada en la Cámara de Diputados.
Mientras que los abogados de la Fundación Transparencia y Democracia, Frank Reynaldo Fermín, Emmanuel Pimentel y Manuel Cáceres piden declarar esas disposiciones contrarias a la Constitución de la República.
El procurador general adjunto, Ricardo Tavera Cepeda, planteó que procede declarar inadmisible, por extemporánea, las acciones directas en inconstitucionalidad, porque la reforma del Código Penal entrará en vigencia en un año.
Asimismo, recalcó que procede declarar inadmisibles las peticiones, en razón de que los accionantes carecen de legitimidad y de interés legítimamente protegido.
Mientras que el abogado de la Cámara de Diputados, Jerry de Jesús Castillo, deja la decisión a la soberana apreciación de la alta corte.
Asimismo, los representantes legales del Senado, Denny Berenice Méndez y Elías Vargas Rosario solicitaron declarar inadmisibles las acciones, por considerar que las entidades carecen de personería jurídica.
Durante la audiencia, celebrada en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia estuvieron presentes de la Iglesia Católica, Víctor Masalles, obispo auxiliar de la Arquidiócesis de Santo Domingo, el padre Manuel Ruiz, así como de la Coalición por los Derechos de la Vida y las Mujeres, agrupada en once entidades que abogan por el respeto a la vida.
El derecho a la vida
El obispo auxiliar de la Arquidiócesis de Santo Domingo, Víctor Masalles, afirmó que el motivo por el cual se propone la inconstitucionalidad sea valorado, que consiste en que la propuesta de que la defensa de la vida, como está en la Constitución pueda mantenerse respetada. «Ese es nuestro deseo y es nuestra propuesta». Dice el TC tiene la última palabra.