¡Adiós a la espera de 24 horas! Abinader promulga ley “Alerta RD” para la búsqueda inmediata de desaparecidos

SANTO DOMINGO, R.D. – En un paso histórico para la seguridad ciudadana y la protección de los derechos humanos en la República Dominicana, el presidente Luis Abinader promulgó la Ley 25-26, una pieza legislativa que regula la prevención y respuesta ante la desaparición de personas y da vida al novedoso Sistema Nacional de Alertas denominado “Alerta RD“.

Con esta promulgación, el Poder Ejecutivo deja sin efecto la antigua y cuestionada práctica de tener que esperar 24 o 48 horas para que las autoridades inicien la búsqueda de un ciudadano. A partir de ahora, la activación de los protocolos de localización será de manera inmediata tan pronto se reciba el reporte de desaparición.

Esta importante iniciativa, que fue propuesta por las diputadas Carmen Ligia Barceló y Liz Mieses, recibió el visto bueno definitivo del Congreso Nacional el pasado 27 de mayo y ya es una realidad en el país. El objetivo principal es entrelazar los esfuerzos del Estado, las comunidades, los medios de comunicación y la ciudadanía en general para difundir información en tiempo real y salvar vidas.

¿Cómo funcionarán los tipos de alertas en el país?

Para garantizar una respuesta especializada y eficiente, la nueva legislación dominicana clasifica las alertas por colores y sectores vulnerables:

  • Alerta Amber: Exclusiva para la localización de niños, niñas y adolescentes.
  • Alerta Silver: Diseñada para la búsqueda de adultos mayores (ancianos).
  • Alerta Azul: Destinada a personas que viven con alguna condición de discapacidad.
  • Alerta Rosa: Activada para la protección de mujeres en contextos de violencia de género o redes de trata de personas.

Herramientas tecnológicas y garras contra la negligencia

La Ley 25-26 no se queda solo en el papel; dispone la creación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una plataforma digitalizada bajo el control de la Policía Nacional que almacenará huellas, fotos, rasgos físicos y condiciones de salud de los ciudadanos reportados.

De igual forma, se establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, el cual operará bajo el Ministerio de Interior y Policía con el apoyo de la Procuraduría, el Ministerio de Defensa y otras entidades clave. Las alertas tendrán una vigencia inicial de cinco días, prorrogables todo el tiempo que sea necesario.

Advertencia a las autoridades: Un punto luminoso de la ley es que contempla sanciones drásticas para aquellos funcionarios públicos que muestren negligencia o incumplan con su deber de activar los protocolos de información y búsqueda a tiempo.

Cualquier dominicano o residente podrá reportar una desaparición de forma presencial o vía telefónica sin burocracia. Tras su publicación oficial, el Poder Ejecutivo dispone de un plazo de 90 días para aprobar el reglamento operativo que pondrá a rodar por completo los motores de “Alerta RD” en todo el territorio nacional e internacional.

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